jueves, 13 de octubre de 2011

7. DERECHO A UNA PRESTACIÓN A LAS TRABAJADORAS QUE NO DISPONEN DE UN PUESTO DE TRABAJO LIBRE DE RIESGOS PARA SU SALUD Y LA DEL FETO.

Las mujeres que no disponen de un trabajo libre de riesgos reciben una prestacion de riesgo durante el embarazo. Esta prestación se llama:

Prestación de Riesgo por embarazo

Algunos de los requisios para poder recibir esta prestación son:

  • Estar afiliadas y en alta en la Seguridad Social.

  •  Estar al corriente en el pago de las cuotas, de las que sean responsables directas. 

     

La cuantia económica de esta prestación es:

  • La prestación económica cosiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente. Aunque cambia según las condiciones de cada trabajadora.

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